11 de abril de 2014

títulos académicos

Es el título el que habilita para el ejercicio de determinadas profesiones, o el que acredita un determinado nivel de los estudios, y cuando se quiere usar en el extranjero hay que traducirlo, por lo menos.

Si nos fijamos en los títulos, veremos que suelen especificar que son reconocidos en determinado territorio, generalmente nacional, no internacional. Para que surtan efecto en el extranjero todos los títulos deben ser convalidados u homologados. Eso no significa que a nivel particular un empresario o empleador privado tenga suficiente con la traducción del título.
La traducción oficial debe ser siempre del documento que se va a presentar. Si no se va a presentar el título original, sino una copia compulsada, habrá de traducirse la copia compulsada, es decir, también hay que traducir la compulsa. Si el dorso del título no está en blanco, hay que traducirlo igualmente.
En España existe la nefasta tradición de no entregar los títulos hasta pasado bastante tiempo, obligando a la gente a funcionar con un certificado. Certificado que en ocasiones apenas dice otra cosa que el interesado ha pagado las tasas de expedición del título. Es un documento que fuera de España se conoce poco, y a veces no es suficiente para acreditar la condición de titulado.